Accueil > Global > Algunas valoraciones sobre el nuevo reglamento de la ley española de (...)
Red Inmigrante - Más voces - SOS Racismo Bizkaia - Tas Tas Irratia
30 junio 2011
Algunas valoraciones sobre el nuevo reglamento de la ley española de extranjería, vigente desde el 30 de junio : rechazo de las personas a quienes afecta y de las organizaciones sociales solidarias
Documentos : "Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social", Legislación consolidada : Última actualización publicada el 12/12/2009 / "Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, Legislación consolidada, Entrada en vigor : 30/06/2011. Incluye la corrección de errores publicada en el BOE núm. 145, de 18-06-2011
samedi 9 juillet 2011, par
Reproducimos el aséptico resumen ---útil, con todo, para acceder a varias de sus claves--- elaborado por Red Inmigrante.es sobre los aspectos más destacados del nuevo reglamento de la ley española de extranjería, en vigor desde el pasado 30 de junio. Las demás organizaciones cuya opinión a vuelapluma reflejamos, ---precisamente algunas de las que trabajan directamente con la población diana y más afectada a que van dirigidos la ley y el reglamento : SOS Racismo, Más Voces, Tas Tas Irratia---, en cambio, son mucho más críticas e incisivas con la política institucional desplegada al respecto por y en el estado español, la mayoría de las veces en consonancia con la de la Unión Europea.
Algunas claves para entender el nuevo Reglamento de Extranjería
RedInmigrante.es 30 junio 2011
Ya ha entrado en vigor el nuevo Reglamento de Extranjería, un documento que se hizo esperar más de un año (tendría que haber estado listo en mayo de 2010). Sin embargo, las interrogantes sobre su aplicación y los criterios que guiarán su puesta en marcha persisten. RedInmigrante.es presenta un breve resumen de sus alcances prácticos.
El Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, que aprueba el REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA recoge los pormenores de la adaptación que supone la reforma a la LEY DE EXTRANJERÍA que se aprobó a fines de 2009, la modificación más importante de dicho texto. El Reglamento incluye modificaciones materiales y detalla más claramente los procedimientos de extranjería.
Arraigo familiar
Las expectativas iniciales sobre la introducción de esta figura en el texto del Reglamente generó muchas expectativas. Sin embargo, aún existen muchas dudas sobre su alcance y sobre si, finalmente, beneficiará a muchos extranjeros que tengan hijos españoles. Y es que hay que tener en cuenta los siguientes supuestos :
* La mayoría de los hijos de padres extranjeros adquieren automáticamente la nacionalidad de sus progenitores, incluso habiendo nacido en suelo español.
* Para que los niños nacidos en el estado español tengan nacionalidad española, al menos uno de los padres debe ser español.
* Hay excepciones : las legislaciones de algunos estados no atribuyen la nacionalidad a los hijos de sus nacionales que han nacido en otro estado.
El Ministerio de Trabajo e Inmigración ha insistido en que el alcance del Arraigo Familiar, que en principio permitiría a un extranjero con un hijo español acceder a un permiso de residencia, será limitado y excepcional.
A la vista de los puntos anteriores, todo apunta a que será así, ya que el arraigo familiar podrá ser aplicado, en principio, a los padres de niños nacidos en el estado español cuyo país de origen no conceda la nacionalidad automática a sus descendientes.
La interrogante en este caso es si finalmente se exigirá como uno de los requisitos para beneficiarse del Arraigo Familiar contar con ’medios económicos’ ni qué se entiende por este concepto.
Arraigo social y laboral
Para el arraigo social, se mantienen como requisitos los tres años de permanencia continuada en el estado, vínculos familiares y contrato laboral. En el caso del arraigo laboral, se exigen dos años de residencia y una relación laboral que debe ser de mínimo seis meses (se reduce respecto de la legislación vigente hasta hoy, que exigía demostrar un vínculo laboral de al menos un año).
Informe de esfuerzo de integración
Las comunidades autónomas y los ayuntamientos empezarán a redactar informes para acreditar el ’esfuerzo de integración’ y la ’adecuación de la vivienda’ de los extranjeros que deseen regularizar su situación por arraigo, renovar la autorización o acceder a una reagrupación familiar. Dicho documento sumará en favor del interesado en caso de que no acredite el cumplimiento de alguno de los requisitos previstos para el trámite que esté realizando.
Su objetivo es certificar la participación activa del extranjero en acciones formativas destinadas al conocimiento y respeto de los valores constitucionales del estado español, los valores estatutarios de la Comunidad Autónoma en que se resida, los valores de la Unión Europea, los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la igualdad entre mujeres y hombres, así como el aprendizaje de las lenguas oficiales del lugar de residencia.
Sobre el ’aprendizaje’ de lenguas oficiales en comunidades como Cataluña, Pais Vasco, Galicia, Valencia, Baleares, lo relevante es que a los inmigrantes no se les exigirá el ’conocimiento’ de estos idiomas ni se valorará su nivel de dominio de los mismos. El criterio, en principio, será valorar el esfuerzo por aprender estas lenguas.
Si el municipio donde se está empadronado pone trabas o demora la entrega de los informes como el de habitabilidad de la vivienda, el reglamento lanza una suerte de ’salvavidas’ para quienes realizan los trámites, al fijar un plazo de 30 días para la entrega al Gobierno. En caso de que no lo haga dentro de dicho plazo, se autoriza al propio inmigrante para que presente los documentos.
Reagrupación familiar
Para reagrupar a un cónyuge o a un hijo, el inmigrante deberá acreditar unos ingresos equivalentes al 150% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para reagrupar al primer familiar. Por cada miembro extra de la familia, el porcentaje aumentará un 50%.
Se limita la reagrupación familiar para los ascendientes (padres y abuelos), que sólo podrán venir al estado español si son mayores de 65 años y si el solicitante acredita cinco años de residencia legal. Para familiares menores de esa edad, solo se permitirá de manera excepcional por causas humanitarias.
En cuanto a la reagrupación familiar en particular, se denegarán las solicitudes cuando "de forma indubitada" se determine que el inmigrante no podrá mantener sus ingresos durante el año siguiente, para lo que analizará la "evolución" de la renta que ha percibido durante los seis meses previos a la petición. Esta renta deberá ser equivalente al 150% del IPREM y un 50% adicional por cada miembro de la familia si está formada por más de dos personas.
Víctimas de violencia de género
El reglamento da una mayor protección a las mujeres extranjeras que estén residiendo irregularmente en el estado y que sufran violencia de género. Ahora no se les incoará un expediente de expulsión mientras no se conozca la resolución del juez sobre los malos tratos, una situación muy diferente a la vigente hasta ahora.
Y es que antes de que entrara en vigor el nuevo reglamento, la Policía podía iniciar un expediente de expulsión a la mujer inmigrante que denunciaba los malos tratos, aunque la deportación quedaba suspendida hasta que se dictase una sentencia. Si en ella el juez consideraba demostrado que había existido agresión, la situación de la víctima era regularizada automáticamente.
Retorno voluntario ... con posibilidad de regreso
El reglamento señala que los inmigrantes que se hayan acogido a un programa de retorno voluntario a su país de origen y que, posteriormente, vuelvan al estado español, tendrán la posibilidad de recuperar la antigüedad del permiso de residencia con el que contaban antes de marcharse. Eso sí, deberán cumplir con el plazo mínimo de tres años de residencia en su país sin posibilidad de regresar. Lo positivo es que tendrán prioridad para acceder al contingente y la contratación en origen.
Entrada y salida
* Las autorizaciones de regreso tendrán una vigencia máxima de 90 días.
* Se impone un mayor control del cumplimiento de los requisitos sanitarios de entrada y se reforzará la exigencia de la carta de invitación.
Estudiantes
Además de simplificarse los procedimientos, la estancia por estudios se extenderá hasta que se haya resuelto la solicitud de prórroga siempre que se haya presentado en los 90 dias naturales posteriores a la fecha en que haya finalizado la vigencia del permiso de estudios que se quiere renovar. La autorización de estancia por estudios permite realizar actividades por cuenta propia (es decir, como autónomo) con muy pocas limitaciones geográficas.
No olvides que ...
1. Los permisos o tarjetas de entrada, residencia y trabajo no son modificados con la entrada en vigor del Reglamento de Extranjería, por lo que seguirán siendo válidas.
2. Las solicitudes que se hayan tramitado antes del 30 de junio (fecha en que ha entrado en vigor el Reglamento de Extranjería), se resolverán de acuerdo a la normativa anterior, a no ser que el interesado solicite la aplicación del Reglamento (siempre que cumpla con los requisitos que señala el documento). www.redinmigrante.es
Catálogo de documentos
¿Buscas una ley, reglamento o norma ?
Encuentra aquí los formularios, modelos y solicitudes para trámites de extranjería
¿Nacionalidad, visados, trámites consulares, legalización de documentos ?
Otras noticias en RedInmigrante.es :
* La columna invitada : La residencia temporal, un freno para los inmigrantes emprendedores, por Guillermo Guerrero Ruiz (Coordinador Área Extranjeros ATA), 4 de Julio de 2011
* Nuevo sistema de comunicacion de emergencias con los consulados en Barcelona, 07-07-2011
* Anna Terrón (secretaria de Estado de Inmigración y Emigración) : ’Llegar irregularmente a España no es una opción’, 07-07-2011
* Los controles fronterizos ya son una realidad en Dinamarca, 05-07-2011
* Jóvenes inmigrantes podrán asistir a personas dependientes en Madrid, 05-07-2011
* El Reino Unido revisará esta semana la reagrupación familiar de inmigrantes, 05-07-2011
Entra en vigor el nuevo reglamento de la Ley de Extranjería española con el rechazo de migrantes y organizaciones civiles
Más Voces 30 junio 2011
Este 30 de junio ha entrado en vigor el nuevo reglamento de la Ley de Extranjería del Estado español. Entre las novedades, muy pocos avances y muchos recortes de derechos. Para destacar un avance, el reglamento otorga más protección a las víctimas de violencia de género en situación irregular, a quienes no se incoará expediente de expulsión hasta que no se produzca una resolución judicial sobre su denuncia de malos tratos. Por lo demás, para la organización SOS Racismo, el nuevo reglamento coarta una vez más los derechos fundamentales de las personas y empuja a los inmigrantes a una situación de indefensión y vulnerabilidad. Por este motivo, las organizaciones de la sociedad civil empiezan a movilizarse. En el País Vasco, por ejemplo, desde Harresiak Apurtuz, Coordinadora de ONG vascas de Apoyo a Inmigrantes se convocó para una concentración realizada este jueves en Bilbao contra la Ley de Extranjería y este nuevo reglamento que la regula.
Gorka Andraka, de Tas-Tas Irratia, emisora comunitaria de Bilbao, entrevista a Ángel Miragaya, abogado y militante de SOS Racismo Bizkaia :
- Gorka Andraka (Tas Tas Irratia) entrevista a Ángel Miragaya (abogado, SOS Racismo Bizkaia), 30-06-2011
Más Voces : Noticias del 8 y 1 de julio, y 30 de junio de 2011 :
*08-07-2011 :
Israel impide la llegada de cientos de activistas propalestinos que pretendían entrar en el país
Texas desobedece a Obama y ejecuta al preso mexicano Humberto Leal
La ciudadanía egipcia vuelve a la calle porque los cambios no llegan
Berlusconi confirma que se retirará en 2013
Conexión con los activistas de la 2ª Flotilla de la Libertad encerrados en la Embajada de España en Atenas
El despertar ciudadano : centenares de personas evitaron la detención de un migrante en el barrio madrileño de Lavapiés
Miles de presos mantienen huelga de hambre en EE.UU.
*01-07-2011 :
El presidente de Venezuela, Hugo Chávez, anuncia que padece un cáncer
Los funcionarios británicos protestan en masa contra los planes de elevar su edad de jubilación
La Guardia Civil registra la sede de la SGAE por apropiación indebida y desvío de fondos
Debate del Pueblo en Madrid sobre el Estado de la Nación : propuestas y alternativas a las políticas neoliberales
Economista Ricardo Molero en el Debate Popular del Estado de la Nación : ¿por qué no son inevitables las políticas de reajuste como dicen políticos y el poder financiero internacional ?
*30-06-2011 :
Israel intenta boicotear a la Segunda Flotilla de la Libertad hacia Gaza
Grecia aprueba el paquete de austeridad siguiendo los dictados de los responsables de la crisis
44 asociaciones laicas y católicas firman un manifiesto contra la subvención pública de la visita particular del Papa a Madrid para la Jornada Mundial de la Juventud
Entra en vigor el nuevo reglamento de la Ley de Extranjería española con el rechazo de migrantes y organizaciones civiles
Reportaje especial. Honduras : el Golpe de Estado aún está vigente
*SOS Racismo y Amical de Mathausen llevarán la Librería Kalki al Tribunal Constitucional, 07-07-2011
*La represión contra la venta ambulante : ¿quiénes son los culpables y quiénes las víctimas ?, 06-07-2011
*SOS Racismo Cataluña y la FAGIC celebramos que la Audiencia Provincial haya aceptado el recurso e impute al líder del PP en Badalona por incitación al odio", 26-05-2011
*Campaña "Que el derecho no se detenga a la puerta de los CIEs" / "Que o dereito non se deteña á porta dos CIE" / "Que el dret no s’aturi a la porta dels CIEs", 24-05-2011
· Link ’Informe Anual 2011’, SOS Racismo :
* Nota Prensa Informe Anual 2011
* Nota Prensa Informe Anual 2011 Euskadi
* Prentsa oharra 2011ko Urteko Txostena Euskadi
Conclusiones Informe Anual 2011
Resumen Informe Anual 2011 Euskadi
(9 de julio de 2011)